Minambiente define líneas de límite perpendicular para zonas costeras (3:46 p.m.)
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18 de Julio de 2014
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El Ministerio de Ambiente (Minambiente) estableció las líneas de límite perpendicular para las corporaciones autónomas regionales y las de desarrollo sostenible con jurisdicción en las zonas marinas, como lo indica el parágrafo 2° del artículo 208 de la Ley 1450 del 2011 (Plan Nacional de Desarrollo). En la Resolución 1092, Minambiente fija siete para el Caribe Continental y tres para el Pacífico. Además, precisa que en las áreas de frontera no se determina línea perpendicular, pues se atenderán estricta y rigurosamente los límites oficiales de la República. “Cualquier intervención de las corporaciones en estas áreas deberá ser previamente consultada y coordinada con la Dirección de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo del Ministerio de Relaciones Exteriores”, advierte la norma.
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