Magistrados Calle y Vargas se opusieron a exequibilidad de norma que prohíbe a entes territoriales limitar la actividad minera (8:58 a.m.)
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10 de Marzo de 2014
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Los magistrados María Victoria Calle y Luis Ernesto Vargas se opusieron a la decisión de la Corte Constitucional de declarar exequible la norma que impide a las autoridades territoriales delimitar la actividad minera (artículo 37 de la Ley 685 del 2001), al considerar que el condicionamiento planteado por la sala no logra aliviar la desproporción del texto demandado contra el principio de autonomía territorial y la intervención directa de las comunidades en las decisiones relacionadas con la explotación del subsuelo. En su concepto, el resultado ha debido ser la inexequibilidad, pues la declaratoria de constitucionalidad condicionada corre el riesgo de perder todo sentido práctico, porque en ella no se fijan los principios de los acuerdos a los que deben llegar autoridades nacionales y locales para dar trámite a iniciativas de esta naturaleza. Además, aseguran, parece olvidarse la importancia del principio de subsidiariedad que, a su juicio, debe primar en la aplicación del artículo 288 de la Constitución, que obliga a la distribución de competencias entre las autoridades nacionales y las municipales o distritales frente a la formulación de la ley orgánica de ordenamiento territorial. Los magistrados Alberto Rojas y Jorge Iván Palacio aclararon su voto, en tanto que Luis Guillermo Guerrero y la conjuez Ligia López anunciaron que también lo harán (C. P. Alberto Rojas).
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