Lista ley que prohíbe llamadas de cobranza los domingos y festivos
13 de Julio de 2023
Esta ley protege el derecho a la intimidad de los consumidores estableciendo los canales, el horario y la periodicidad en la que pueden ser contactados por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. La normativa aplica también para las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.
En adelante, solo se podrá contactar a los consumidores mediante los canales que autoricen, los cuales deberán ser socializados por las entidades de cobranza.
Una vez establecido un contacto directo con el consumidor, este no podrá ser contactado por parte de gestores de cobranza mediante varios canales dentro de una misma semana, ni en más de una ocasión durante el mismo día.
En este sentido, las prácticas de cobranza deberán realizarse de manera respetuosa y sin afectar la intimidad personal ni familiar del consumidor, dentro del horario de lunes a viernes y de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., excluyendo cualquier tipo de contacto con el consumidor los domingos y días festivos.
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