General
Vacuna contra virus del papiloma humano no podría aplicarse sin consentimiento previo
Sería necesario contar con la aceptación del procedimiento para que el personal médico proceda aplicar la vacuna contra el VPH.
25 de Abril de 2016
A raíz de los presuntos efectos adversos por la aplicación de la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH), se radicó una propuesta que cuenta con ponencia favorable para segundo debate.
La iniciativa modificaría la Ley 1626 del 2013 para establecer que las autoridades médicas y sanitarias solo aplicarán la vacuna VPH a las pacientes cuando estas y las personas que ejercen la patria potestad sobre ellas manifiesten por escrito, de manera reiterada y voluntaria, su consentimiento y aceptación de la aplicación de dicho procedimiento médico.
Adicionalmente, sería obligación de las autoridades administrativas y del personal médico informar de manera previa y detallada las consecuencias primarias y secundarias, benéficas y adversas de la aplicación de la vacuna, así como las diferentes alternativas existentes para la prevención del cáncer cérvico uterino y las consecuencias de su no aplicación.
En caso que las autoridades administrativas omitan el cumplimiento de esta disposición, serán objeto de investigación por parte de las autoridades competentes; así mismo, en el evento que sea el personal médico y sanitario quien incumple esta normativa, se les podrán endilgar posibles responsabilidades médicas y grave violación del reglamento. (Lea: Tribunal no reconoce violación de derecho a la salud de vacunadas contra virus del papiloma, pero ordena protegerlas)
(Senado de la República, Ponencia proyecto de ley 010/15S, 04/15/16)
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