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La SIC multó a un almacén y a dos constructoras por abusos al consumidor

29 de Noviembre de 2023

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Nota:
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La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en un hecho excepcional, impuso multas que superan los $ 116 millones de pesos a un almacen y a dos constructoras, pues se les comprobó que afectaron gravemente los derechos de los consumidores demandantes, quienes, además, también deberán ser indemnizados, según las reclamaciones en cada caso. 

Según la Delegatura, el primer almacén fue sancionado por violación al Estatuto del Consumidor. En el proceso judicial se encontró que el almacén incumplió con la efectividad de la garantía ante las fallas reiteradas de un celular adquirido por un consumidor, por la falta de calidad e idoneidad del equipo. Además, porque no se tuvo en cuenta el segundo ingreso por falla técnica del celular adquirido. 

La multa impuesta está fundamentada en la negativa del almacén de realizar el reintegro del valor pagado del producto o el cambio de este, pese a que presentó defectos reiterados de calidad e idoneidad. La multa ascendió a la suma de $11.160.000.(Lea: Esta es la agenda para la negociación del salario mínimo del 2024). 

El segundo caso es de una constructor que tendrá que indemnizar a una consumidora y pagar una multa de $58.000.000, debido a que se demostró que incumplió con el deber de proporcionarle a la demandante información completa y veraz, al tiempo que afectó su derecho a la libre elección, al imponerle una entidad financiera específica para acceder al crédito con el cual pagaría el saldo del inmueble. 

Según la investigación, la entidad sancionada nunca informó a la consumidora que, de apartarse del listado de bancos previamente elegidos por la constructora, perdería su derecho a adquirir la vivienda. 

En el tercer caso, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales encontró una afectación de los derechos constitucionales de un consumidor a la vivienda digna y a la salud, por parte de otra constructora.

Durante el proceso, se demostró que la constructora demandada vulneró las normas del Estatuto del Consumidor ante las fallas reiteradas y comprobadas que se presentaron en un apartamento ubicado en Bogotá, relacionadas con la inundación del bien, especialmente en época de lluvias y el reflujo de aguas negras. 

Debido a estas afectaciones, se le ordenó a la sociedad el cambio del bien inmueble por otro de igual o similares características y se le impuso una multa por valor de $ 58.000.000. 

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