La resciliación se liquida con la misma tarifa notarial del negocio jurídico (2:25 p.m.)
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11 de Septiembre de 2013
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Teniendo en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 9º de la Resolución 126 del 2013, por la cual se adoptaron las tarifas notariales para este año, la resciliación o mutuo disenso se liquida por el mismo valor que se consignó en el documento que contiene el negocio jurídico. Así lo señaló la Superintendencia de Notariado y Registro, en oficio de agosto.
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