Juez fue suspendida por delegar el manejo de títulos judiciales a un empleado de bajo rango
27 de Septiembre de 2022
En un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia que sancionó a una juez con suspensión del ejercicio del cargo por cometer una falta grave a título de culpa se conoció que dentro de un proceso ejecutivo de alimentos se generó a nombre de la demandante un título de depósito judicial, pero el pago se autorizó a favor de otra persona, un tercero que no tenía que ver con el asunto.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial precisó que la funcionaria olvidó que el manejo de títulos judiciales envuelve una responsabilidad que decidió dejar en manos de la empleada de menor rango, pese a que por mandato legal debía estar únicamente bajo control y manejo de la juez y del respectivo secretario, sin que resulte válido crear como regla autorizaciones informales “de conformidad con la práctica judicial”.
Así mismo, dado su grado de jerarquía, fácilmente habría podido superar el supuesto error con una adecuada supervisión y una simple revisión directa al trámite de entrega, pues en términos generales, por más colaboradores con que cuente, a un juez no le está permitido despojarse de su rol como director del despacho, y menos actuar bajo prácticas de confianza o acostumbradas en el despacho al que llegó, que jamás estarán por encima de los procedimientos reglados, y mucho menos para justificar que se deje a cargo a quien le parezca, funciones tan delicadas como el manejo de títulos judiciales.
Por lo expuesto, resolvió el alto tribunal confirmar la sentencia que sancionó a la juez por la comisión de una falta grave a título de culpa, consistente en desconocer el deber consagrado en el artículo 153, numeral 1º, de la Ley 270 de 1996 (M. P. Carlos Arturo Ramírez Vásquez).
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