Jueces no tienen competencia para determinar cómo se debe superar una emergencia sanitaria
05 de Octubre de 2022
La Corte Constitucional señaló que el juez constitucional no tiene la competencia técnica ni científica para determinar cómo se debe superar una emergencia sanitaria, ya que dichos asuntos les corresponden a las autoridades expertas y competentes en la materia. En consecuencia, hizo un llamado a los jueces de instancia para que eviten imponer barreras adicionales al ejercicio de los derechos de la población privada de la libertad (PPL).
A esta conclusión se llegó luego de estudiar una tutela que presentaron varios internos de una cárcel contra el centro de reclusión, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la secretaría de salud de la ciudad, debido a las restricciones impuestas por el centro penitenciario, para las visitas familiares e íntimas en el marco de la emergencia sanitaria decretada por el covid-19.
La Sala reprochó la actuación de las directivas de la cárcel por desatender las directrices para la reactivación de las visitas a las personas privadas de la libertad, proferidas por las autoridades competentes. Así mismo, cuestionó las actuaciones de los jueces de instancia al haber establecido requisitos biosanitarios más estrictos para las visitas presenciales que los fijados por las autoridades expertas en la materia.
El alto tribunal instó a los jueces a evitar imponer barreras adicionales al ejercicio de los derechos de los PPL, en especial al derecho fundamental a la unidad familiar, y sujetarse a verificar la razonabilidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas por las autoridades competentes y con experticia en el manejo de la pandemia (M. P. Alejandro Linares Cantillo).
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