Instrucciones para calcular rentabilidad mínima del fondo especial de retiro programado
21 de Julio de 2023
La Superintendencia Financiera estableció los índices de mercado para calcular la rentabilidad mínima obligatoria del fondo especial de retiro programado, sustentado en lo dispuesto en el numeral 2.6.1, Capítulo II, Título III de la Parte II de la Circular Básica Jurídica (CBJ).
En este sentido, el valor del Índice Agregado de Renta Variable Local (IARVL) y las ponderaciones a tener en cuenta a 30 de junio del 2023 son las siguientes:
Composición |
Ponderaciones |
S&P |
50,00 % |
Colcap |
50,00 % |
Valor índice |
72,09 % |
Los porcentajes de ponderación de las inversiones a tener en cuenta en el cálculo de las rentabilidades de los índices del mercado serán los siguientes:
Ponderación de inversiones |
Ponderación promedio |
Índice de mercado |
Acciones emisores nacionales y fondos de inversión colectiva representativos de índices accionarios locales |
4,15 % |
ARVL |
Acciones emisores extranjeros, fondos de inversión internacionales representativos índices accionarios y activos alternativos del exterior |
18,10 % |
MSCI ACWI |
Demás inversiones admisibles |
77,75 % |
COL TES UVR |
Total portafolio |
100,00 % |
Las rentabilidades del índice MSCI ACWI serán calculadas tanto en dólares estadounidenses como en pesos colombianos.
Los porcentajes de ponderación de las participaciones regirán para el periodo de acumulación comprendido entre el 1 de julio del 2023 y el 30 de junio del 2024.
Para ampliar esta información lo invitamos a descargar el documento adjunto.
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