Infracción reiterada de las normas ambientales de aseo no puede sancionarse con arresto: Corte Constitucional (9:20 a.m.)
64132
19 de Enero de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Corte Constitucional declaró inexequible la expresión del numeral 6º del artículo 7º de la Ley 1259 del 2008 que permitía a las autoridades administrativas sancionar a los infractores de las normas ambientales de aseo con arresto, cuando su desacato persistiera en grado extremo. La corte advirtió que esa posibilidad vulnera la reserva judicial que rige para la imposición de penas privativas de la libertad. Además, quebranta el principio de legalidad, porque emplea términos imprecisos al calificar las hipótesis que darían lugar a convertir el comparendo ambiental en arresto y no fija el límite de tiempo que tendría dicha sanción (M.P. Juan Carlos Henao).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!