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Incorporación de música en una rockola requiere autorización previa y expresa del autor (3:15 p.m.)

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27 de Enero de 2017

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Entre los derechos patrimoniales reconocidos a los autores de obras musicales está la facultad exclusiva de autorizar o prohibir la reproducción de su creación por cualquier medio o procedimiento, incluyendo medios análogos o electrónicos. En esa medida, indicó la Dirección Nacional de Derecho de Autor, cualquier persona que pretenda reproducir una obra, como sería el caso de incorporarla en una rockola, disco duro o computador, está en la obligación legal de obtener la previa y expresa autorización del autor de la obra o la sociedad de gestión colectiva que lo represente. Dicha autorización puede estar condicionada, si así lo considera el autor o titular, al pago de una remuneración económica.    

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