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Impedir que movimientos políticos inscriban candidatos al Congreso por circunscripciones especiales de minorías étnicas viola derechos fundamentales (4:17 p.m.)

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11 de Julio de 2014

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La Corte Constitucional coincidió con el Consejo de Estado al considerar que se vulneró el derecho fundamental a elegir y ser elegido del Movimiento de autoridades indígenas de Colombia (AICO) por la interpretación del inciso 2º del artículo 28 de la Ley 1475 del 2011 y la Sentencia C-490/11, en el sentido de que ningún partido ni movimiento político puede inscribir candidatos al Congreso de la República por las circunscripciones especiales de minorías étnicas. Para la Corte, este ejercicio interpretativo a cargo del Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil omitió tener en cuenta principios y jurisprudencia constitucionales sobre la inclusión en los escenarios de participación política de las minorías étnicas. Al sentar tal posición, la organización electoral amenazó abiertamente el ejercicio del derecho fundamental a elegir y ser elegido en cabeza de AICO, movimiento político con personería jurídica, habilitado por la ley para presentar candidatos para Cámara y Senado por la circunscripción especial indígena, advirtió (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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