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Fijan procedimiento para radicar solicitudes mineras en ejercicio del derecho de prelación (8:00 a.m.)

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10 de Marzo de 2014

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En aras de hacer efectivo el derecho de prelación de los grupos indígenas y las comunidades negras consagrado en el Código de Minas, la Agencia Nacional de Minería (ANM) estableció el procedimiento para que tales grupos y comunidades ejerzan su derecho a fin de obtener el título minero frente a las propuestas de contrato de concesión, las solicitudes de legalización de minería tradicional y las de autorización temporal. Dentro del proceso, la entidad señala que a través de la vicepresidencia de contratación y titulación, previo estudio técnico y jurídico, comunicará al Ministerio del Interior la existencia de solicitudes mineras en zonas indígenas, de comunidades negras o mixtas, con el fin de que se surta el trámite de notificación para hacer valer el derecho previsto en el artículo 275 del mencionado código. Así mismo, fija los requisitos y plazos para cumplir con la presentación de estos. Advierte que en caso de necesitar asistencia para la radicación de las propuestas en ejercicio del derecho de prelación, estos grupos podrán dirigirse a la autoridad minera, a las gobernaciones delegadas o en los puntos de atención regional ubicados en las ciudades de Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cúcuta, Ibagué, Medellín, Nobsa, Pasto, Popayán y Valledupar, y los que eventualmente se puedan crear para la atención de estos trámites.

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