Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Fijan lineamientos para recaudar aportes a través de la PILA por movilidad de afiliados entre regímenes (3:45 p.m.)

97084

16 de Junio de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Ministerio de Salud (Minsalud) expidió la Circular 0033 para garantizar el adecuado recaudo de aportes a salud a través de la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA), dentro del proceso de movilidad de afiliados entre regímenes del sistema (Decreto 3047 del 2013). Primero señala que las EPS del régimen subsidiado se identificarán en la PILA con los códigos que para tal fin expida la Superintendencia Nacional de Salud. Así mismo, estas deberán realizar el registro de los códigos en el sistema de recaudo de la planilla y en el Banco de la República. Atendiendo lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1931 del 2006, el ministerio recordó que corres-ponde a cada entidad prestadora del régimen subsidiado suscribir convenio con al menos un operador de información de la PILA y ajustarse a las condiciones de operación establecidas. De otra parte, las entidades deberán efectuar la apertura de las cuentas maestras de recaudo, según las especificaciones técnicas y operativas establecidas por Minsalud para el régimen contributivo (Decreto 4023 del 2011).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)