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ExtraDesacatos a fallos de tutela deberán resolverse en máximo 10 días: Corte Constitucional (1:35 p.m.)

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12 de Junio de 2014

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La Corte Constitucional determinó que el juez de tutela debe tramitar el incidente de desacato en un tiempo máximo de 10 días, de acuerdo con el inciso 4º del artículo 86 de la Carta Política, al declarar exequible el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, bajo la condición de que el recurso no se resuelva más allá del término mencionado. En opinión del alto tribunal, el plazo que señala el artículo 86 aplica para decidir tanto el incidente de desacato como para la resolución de acciones de tutela. Vale la pena recordar que la Procuraduría había solicitado a la corporación que exhortara al Legislativo para que estableciera los tiempos que debe tener en cuenta el juez para resolver no solo este sino otros recursos, entre ellos los más novedosos, como el incidente de impacto fiscal. La norma había sido demandada por el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, quien consideraba que desconocía el derecho al debido proceso sin dilaciones injustificadas.

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