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Expiden anexo para implementar sistema de control a centros de reconocimiento de conductores (8:20 a.m.)

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25 de Febrero de 2016

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La Superintendencia de Puertos y Transporte expidió la Resolución 6246 del 2016, con la cual define el anexo técnico para la implementación del sistema de control y vigilancia de que trata la Resolución 13829 del 2014. El cumplimiento de las disposiciones establecidas no implica aumento en los costos de los servicios que pagan los centros de reconocimiento a los operadores autorizados, ni a los usuarios de los servicios prestados. Los nuevos operadores/proveedores interesados en obtener autorización para prestar el servicio del sistema solo podrán operar una vez cuenten con la homologación por parte de la Superpuertos, demostrando el cumplimiento de las disposiciones adoptadas. Por su parte, los que están operando actualmente deberán dar cumplimiento a las nuevas medidas, si no llegan a obtener homologación al momento de la implementación de las nuevas condiciones, no podrán continuar prestando el servicio y se dejará sin efecto la autorización conferida. Es de aclarar que esta norma subroga el artículo 7° de la Resolución 9699 del 2014.

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