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Excluir de la profesión a abogados asegura derechos de los ciudadanos: CNDJ

14 de Diciembre de 2022

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Abogado se comprometió a instaurar proceso y no inició la gestión, conozca la sanción (Freepik)

Un abogado recibió poder de unos ciudadanos para que, en su nombre y representación, presentara reclamación a una aseguradora relacionada con el fallecimiento del padre de los poderdantes. El jurista obtuvo el monto correspondiente a la indemnización, pero nunca lo informó a sus representados, quienes posteriormente lo citaron a conciliación, tras comprobar que había recibido el dinero. Sin embargo, el abogado siguió incumpliendo con la entrega de la suma.

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) avocó en grado jurisdiccional de consulta la sentencia que declaró al profesional responsable de incurrir, a título de dolo, en la falta consagrada en el artículo 35, numeral 4, de la Ley 1123 del 2007.

Para la Sala, sus acciones desconocieron abiertamente el deber de honradez profesional, pues sus clientes merecían obtener lo que por derecho les correspondía con prontitud, ante la ocurrencia de un acontecimiento nefasto como lo era el fallecimiento de su progenitor, y el abogado estaba obligado a efectuarlo sin dilación.

No obstante, dijo la Comisión, sus aspiraciones de ser indemnizados se frustraron con el desvergonzado comportamiento de su mandatario, a quien no interesó ni siquiera que fueran sus familiares los perjudicados.

En adición, el alto tribunal observó que el disciplinado no reconsideró su actuar deshonesto, pues a pesar de concurrir a conciliar la entrega del dinero perseveró en su defraudación, al incumplir en dos oportunidades el compromiso adquirido y evitó volver a tener contacto con los poderdantes.

La sanción de exclusión

En consecuencia, resolvió confirmar la sanción de exclusión de la profesión del disciplinado, para garantizar los derechos de los ciudadanos. Consideró que evitar que el encartado nuevamente ejerza la profesión cumple a cabalidad con los fines correctivos y preventivos de la sanción y está alineado con los principios y fines que persigue el Estatuto de los Abogados a la luz de la Constitución Política, llamado a procurar que la abogacía sirva como medio para asegurar los derechos de los ciudadanos y no para desconocerlos. Conozca el pronunciamiento completo de la CNDJ en el documento adjunto (M. P. Carlos Arturo Ramírez Vásquez).

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