Estos son los alcances de la indemnización moratoria para trabajadores afectados por escisión del ISS (12:56 p.m.)
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27 de Julio de 2015
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La Corte Suprema de Justicia sostuvo que no pueden ser adjudicatarios del beneficio los servidores públicos que quedaron automáticamente vinculados, sin solución de continuidad, a las empresas sociales del Estado (ESE) creadas por el Decreto 1750 de 2003. Explicó que en escenarios como este no se puede aplicar la indemnización moratoria en los términos del artículo 1° del Decreto 797 de 1949, porque aquella está prevista para los casos en los que se terminó el vínculo laboral. Aquí, dice, se trata de la mutación de la vinculación como trabajador oficial a la de empleado público y no de su culminación (M. P. Mauricio Burgos).
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