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Estas son las obligaciones de la Ley de Garantías que se deben cumplir desde hoy (3:45 p.m.)

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25 de Junio de 2015

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A partir de hoy, y hasta las elecciones regionales del 26 de octubre, ninguna entidad perteneciente a entes territoriales podrá adelantar las gestiones contractuales de las que trata el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 del 2005. Así las cosas, gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas deberán abstenerse de celebrar convenios administrativos en los que se ejecuten recursos del erario, así como participar, promover y destinar esos dineros de las entidades a su cargo, ni de aquellas en las cuales tengan asiento como parte de la junta directiva; además, tampoco podrán participar en actos proselitistas, ni tener parte en eventos con los candidatos, ni inaugurar obras. Salvo la necesidad de proveer cargos por faltas definitivas, las nóminas de estas entidades se mantendrán inamovibles. El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, anunció una tarea de verificación por parte de la Comisión de Seguimiento Electoral en esta materia, al tiempo que alertó sobre las evidencias de trasteo de votos que se vendrían presentando en 30 municipios. Consulte las reglas de la Ley de Garantías en el documento adjunto.

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