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Establecen límites a imputabilidad de daño especial contra el Estado por atentados (3:48 p.m.)

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19 de Junio de 2013

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El Consejo de Estado estableció límites a la imputabilidad del daño especial o riesgo excepcional de la administración por la ejecución de atentados en los que resulte afectada la población civil, al precisar que, cuando no haya certeza en torno a los móviles ni prueba de falla en el servicio, no es dable condenar a la Nación. Así, cuando no esté demostrado que el ataque va dirigido a la institucionalidad y se evidencie que se tomaron las suficientes precauciones por parte de las fuerzas del orden para evitar su ocurrencia, el Estado debe ser exonerado de responsabilidad. La Sala Plena de la Sección Tercera denegó así la reparación a una víctima de la explosión de una bomba ocurrida durante un evento cultural en Medellín (Antioquia) en 1995, pese a que la Subsección B, con ponencia de la hoy ministra Ruth Stella Correa, había condenado a la Nación por los mismos hechos, en otra demanda (C. P. Enrique Gil).

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