Establecen criterios para la distribución de recursos para víctimas del conflicto armado
Las entidades territoriales deberán contar una empresa social del Estado para recibir estos recursos.18 de Octubre de 2023
La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios para la distribución y asignación de recursos a las entidades territoriales y a las empresas sociales del Estado, para la operación del programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas del conflicto armado (Papsivi).
Las entidades territoriales que deseen recibir recursos para operar el Papsivi para su componente de atención psicosocial deberán contar una empresa social del Estado con servicio habilitado de medicina general y sicología de acuerdo con la normativa vigente. (Lea: Efectos de la guerra sobre la naturaleza: acreditación del río Cauca como víctima del conflicto).
En caso de que la solicitante sea una empresa social del Estado, deberá acreditar su habilitación como prestadora del servicio de medicina general y sicología.
Los recursos asignados a las entidades territoriales o a las empresas sociales del Estado serán destinados exclusivamente para financiar la operación del programa en su componente de atención sicosocial, de acuerdo con los lineamientos técnicos de dirección y operación que emita el Ministerio de Salud y Protección Social.
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