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Actualizado hace 21 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Esta es la sentencia que recuerda impedimento de alcaldes para prohibir la tauromaquia (12:09 p.m.)

05 de Septiembre de 2014

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Nota:
62821
La Corte Constitucional dio a conocer la sentencia que permitiría el retorno de la actividad taurina a Bogotá, en la que se explica que la imposibilidad de que los alcaldes prohíban las corridas de toros está sustentada en la jurisprudencia surgida a través de sentencias como la C-1192 del 2005, la C-367 del 2006 y la C-666 del 2010. La Sala sostuvo que los condicionamientos tendientes a la morigeración o eliminación de tratos crueles a los animales no implica permitir que las autoridades limiten o impidan como un absoluto la celebración de la tauromaquia, dado que el artículo 1º de la Ley 916 del 2004 la reconoce como una manifestación artística y que el artículo 7º de la Ley 84 de 1989 la excluye de la prohibición de tratos crueles, teniendo en cuenta que la Corte le dio su visto bueno a las dos normas. La corporación sostuvo que mientras el legislador no disponga lo contrario, autoridades como la demandante no solo no pueden prohibir la celebración de eventos taurinos, sino que deben proteger el derecho de los aficionados a disfrutar de ellos (M. P. Mauricio González).

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