Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Esta es la norma que crea el Estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos

118692

01 de Marzo de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Gobierno expidió el decreto por medio del cual crea el Estatuto de protección temporal para migrantes venezolanos, que garantizará la atención humanitaria de las personas que huyen por la situación política, económica y social que afronta dicho país. Será un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica. El nuevo mecanismo tendrá una vigencia de 10 años y permitirá, básicamente, el tránsito de los venezolanos que se encuentran en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario. El Ejecutivo podrá prorrogar o dar por terminados los efectos del Estatuto en cualquier momento, en virtud de la facultad discrecional que le asiste en materia de relaciones exteriores. Además, se crea el registro único de migrantes venezolanos, el cual será administrado por Migración Colombia y el permiso por protección temporal (PPT) para dichos ciudadanos, el cual tendrá la misma vigencia que el estatuto. La implementación de este mecanismo estará a cargo de Migración Colombia y se realizaría en dos etapas. La primera de ellas se realizará de manera virtual, consistirá en la inscripción de los extranjeros en el registro único de migrantes venezolanos. La segunda, que se hará de manera presencial, tiene que ver con la expedición del permiso de protección personal. La norma entrará a regir a partir de los 90 días calendario posteriores a la fecha de su publicación.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)