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Esclarecen qué juez es competente para resolver sustitución de medida de aseguramiento en Justicia y Paz (01:20 p.m.)

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09 de Octubre de 2014

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En casos en los que los postulados a Justicia y Paz ya se enfrentan al juez de conocimiento, la decisión en torno a la sustitución de la medida de aseguramiento debe ser resuelta por un juez con funciones de control de garantías perteneciente al distrito que integre el despacho a cargo de la etapa preparatoria o la de juicio. Lo anterior en atención al criterio adoptado por la Sala Penal, según el cual la solicitud de libertad debía ser resuelta por un operador con este énfasis de funciones, ya que se trata, en ambos casos, de asuntos propios del control a las garantías procesales al que debe sujetarse toda actuación penal. En estos casos, no deben tenerse en cuenta los caracteres de definición de competencia territorial de la jurisdicción ordinaria, determinados por el sitio donde ocurrieron los hechos, sino la perspectiva macrocriminal de la Ley 1592 del 2012. Teniendo en cuenta esta circunstancia, dice, el artículo 21 del Decreto 3011 del 2013 impuso al Consejo Superior la tarea de fijar la competencia de cada distrito, de acuerdo al bloque desmovilizado (M. P. Gustavo Enrique Malo).

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