En su primera Sala Plena virtual, Corte designa ponentes para revisar 14 decretos del estado de emergencia
26 de Marzo de 2020
Se realizó, por primera vez en la historia de la Corte Constitucional, una Sala Plena virtual, actuación con la que se adelantará el análisis de las medidas adoptadas para la mitigación de la expansión del coronavirus (covid-19).
Para cumplir tal propósito, se efectuó el reparto aleatorio de los decretos expedidos hasta el momento en el marco de la emergencia, los cuales tienen control automático, para lo cual se preservó el principio del juez natural, en la modalidad de selección de ponentes, lo que garantiza la imparcialidad y transparencia.
La asignación de cada expediente para sustanciación quedó de la siguiente forma:
El magistrado José Fernando Reyes será el ponente de dos normas: el Decreto 417 del 2020, el cual declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, por el término de 30 días. Igualmente, el Decreto 441 del 2020, que determina el acceso a agua potable en situación de emergencia sanitaria.
La magistrada Gloria Ortiz deberá proyectar la ponencia del Decreto 434 del 2020, que establece los plazos especiales para renovación de matrícula mercantil y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social. (Lea: Observatorio jurídico coronavirus (covid-19))
La revisión constitucional del Decreto 438 del 2020, exenciones transitorias del IVA para ciertos productos médicos y clínicos, así como la ampliación de los plazos del régimen tributario especial estará a cargo de la togada Cristina Pardo.
Por su parte, a Diana Fajardo se le asignaron dos normas: el Decreto 439 del 2020, relacionado con la suspensión, desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano de pasajeros procedentes del exterior por vía aérea, y el Decreto 467, que contempla auxilios educativos para beneficiarios de créditos del Icetex.
Así mismo, Alejandro Linares será el ponente del Decreto 440 del 2020, que trata sobre las medidas de urgencia en contratación estatal.
Carlos Bernal será el ponente del polémico Decreto 444 del 2020, en el cual se crea el Fondo de Mitigación de Emergencias, FOME, para atender las necesidades de recursos destinados a la atención en salud. También, del Decreto 468 del 2020, en el cual se autorizan nuevas operaciones de crédito a Findeter y Bancóldex.
Luis Guillermo Guerrero será ponente de dos normas, del Decreto 458 del 2020, relacionado con las transferencias monetarias para beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección social al adulto Mayor y Jóvenes en Acción; igualmente, el Decreto 464, en el que se declaran como servicios públicos especiales los servicios de telecomunicaciones, incluidos los de radiodifusora sonora, televisión y servicios postales.
Al presidente de la Corporación, el magistrado Alberto Rojas, le correspondió el Decreto 460, que establece, principalmente, las medidas para garantizar la prestación del servicio de las comisarías de familia.
Finalmente, a Antonio José Lizarazo le correspondieron dos normas, el Decreto 461, en el que se autoriza a los mandatarios locales para la reorientación de renta y reducción de tarifas de impuestos territoriales en el marco del estado de emergencia. Pero también la norma que faculta a la Sala Plena de la Corte para levantar la suspensión de términos judiciales decretada por el Consejo Superior cuando fuese necesario para el cumplimiento de sus funciones.
Por último, vale informar que tras el proceso de admisión que realizará cada magistrado ponente se dará el trámite en los términos del Decreto 2067 de 1991.
Los pasos que surtirán los decretos legislativos serán:
- Recibir copias de la Presidencia de la República.
- Fijarlas en Secretaría General de la Corte durante cinco días, para que cualquier ciudadano pueda enviar su intervención escrita.
- Una vez pase la etapa de intervenciones ciudadanas, se darán 10 días al Procurador General de la Nación para que rinda concepto.
- Una vez llegue el concepto del Procurador, el magistrado ponente tiene siete días para presentar el proyecto de fallo.
- Cuando se radique la ponencia, la Sala Plena contará 20 días para adoptar la decisión.
Este alto tribunal continuará sesionando de manera virtual y recibirá las intervenciones a través de un módulo habilitado en su página de internet www.corteconstitucional.gov.co
Recuerde que en nuestro Observatorio jurídico coronavirus (covid-19)) puede descargar los decretos expedidos por el Gobierno, hasta el momento son 32.
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