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Nulidad de elección del alcalde no genera por sí misma inhabilidad para postularse nuevamente al cargo

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28 de Mayo de 2021

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Frente a una consulta sobre si un alcalde elegido a quien le fue declarada nula su elección puede aspirar nuevamente a una cargo público para elección popular, cuyas elecciones serían atípicas, el Departamento Administrativo de la Función Pública precisó que el fallo de nulidad de la elección no genera por sí mismo una inhabilidad para que la persona objeto del mismo pueda postularse nuevamente para ocupar el cargo, pues dicha consecuencia no está contemplada en la declaratoria de nulidad. Para que los hechos que puedan constituirse como delitos o como objeto de acciones disciplinarias sean considerados como causales de inhabilidad debe existir un fallo penal y/o disciplinario que imponga unas sanciones en ese sentido y, como consecuencia, se produzca una inhabilidad para ejercer el cargo. 

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