Nula elección de María José Pizarro como primera vicepresidenta del Senado
11 de Marzo de 2024
El Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección de María José Pizarro Rodríguez como primera vicepresidenta del Senado de la República.
La Sala encontró que la coalición a la que pertenece Pizarro (Pacto Histórico) es la que más curules ostenta en esa Corporación, por lo tanto, un miembro de esa colectividad no puede ser considerado como congresista que hace parte de una minoritaria y que esté llamado a ser postulado para ser elegido en la primera vicepresidencia del Congreso.
Recordemos que el artículo 4165 de la Ley 5 de 1992 establece como funciones de las mesas directivas de las plenarias, entre otras, las de:
(i) Organizar internamente la labor legislativa y administrativa.
(ii) Gestionar el presupuesto del Congreso.
(iii) Disponer la celebración de sesiones conjuntas.
(iv) Autorizar comisiones oficiales.
(v) Dar cumplimiento a sanciones disciplinarias.
Finalmente, la Sala resaltó que es necesario que en las mesas directivas de las plenarias se mantenga una participación armónica entre las distintas fuerzas políticas con representación en cada cámara que compone el Congreso, de lo contrario dichos órganos de dirección pueden resultar cooptados por agrupaciones mayoritarias que limitarían el derecho de participación de las demás colectividades y desconocería lo dispuesto en el artículo 147 de la Constitución en cuanto a la renovación efectiva de las mesas directivas (C. P.: Luis Alberto Álvarez Parra).
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