17 de Agosto de 2024 /
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Ser judicante ‘ad honorem’ ante jueces de paz cumple el requisito de práctica jurídica

09 de Enero de 2020

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Los estudiantes que se desempeñen como judicantes ad honorem en juzgados de paz pueden acreditar las actividades allí desarrolladas como práctica jurídica para obtener el título de abogado.

 

Así lo estableció la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tras conocer una acción de tutela interpuesta por dos estudiantes a quienes la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia les negó el reconocimiento del requisito de grado por la naturaleza de estos administradores de la justicia y la forma como adoptan veredictos, esto es, en equidad.  (Lea: Nuevas reflexiones sobre la ética y el poder judicial)

 

Por su parte, el alto tribunal encontró que ante jueces de paz los estudiantes prestan servicios de asesoría en trámites de conciliación, elaboran derechos de petición y acciones de tutela. De igual manera, concluyó que incluso para resolver disputas en equidad se utilizan conocimientos jurídicos. (Lea: Conducta de jueces de paz no se califica como grave o dolosa)

 

Y es que los objetivos principales de la práctica jurídica son lograr un desempeño idóneo de la profesión y aplicar los conocimientos adquiridos a través del ejercicio de labores propias de la disciplina del Derecho.

 

Finalmente, la Sala Civil ordenó a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia reconocer estas actividades adelantadas por los futuros profesionales.

 

Corte Suprema de Justicia Sala Civil, Sentencia STC 129692019 (11001020300020190275300), Sept. 23/19

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