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Mientras no se limite metodología docente, supervisión de clase no afecta libertad de cátedra

25 de Agosto de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Por encargo y orden del rector, el coordinador de una institución educativa está facultado para ingresar, inclusive sin previo aviso, a una aula y supervisar la clase de un docente, sea con el ánimo de vigilar el correcto cumplimiento de sus obligaciones o en el marco de la evaluación anual de desempeño laboral de los servidores públicos docentes, prevista en el Decreto 1075 del 2015 (Único Reglamentario del Sector Educación), indicó el Ministerio de Educación. (Lea: Autonomía universitaria no puede desconocer competencias constitucionales y legales)

 

Mientras el coordinador no ataque o limite la metodología utilizada, las ideas expresadas o el orden de la asignatura impartida, la libertad de cátedra se mantendrá incólume. (Lea: Vigilancia en aulas de clase a través de cámaras viola el derecho a la intimidad)

 

Esta libertad en cabeza del docente se circunscribe a la libertad de organizar la asignatura dentro de los parámetros legales, de establecer la metodología y expresar opiniones e ideas, sin perder de vista los fines y la filosofía de la institución señalados en el respectivo proyecto educativo institucional.       

 

Mineducación, Concepto 44312, 04/18/16

 

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