Ley de reorganización de clubes deportivos establece hasta cinco años de cárcel a quien lance objeto peligroso en eventos deportivos o su entorno (3:30 p.m.)
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13 de Mayo de 2011
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El presidente Juan Manuel Santos sancionó ayer la Ley 1445, que modifica la Ley del Deporte (L. 181/95) y establece nuevos requisitos para que los clubes deportivos se organicen como corporaciones o asociaciones deportivas o como sociedades anónimas. También regula la conversión de los clubes con deportistas profesionales organizados como corporaciones o asociaciones deportivas a sociedades anónimas y fija un término de seis meses para que estos lleven a cabo un procedimiento de recuperación económica y administrativa, si a la fecha están en estado de cesación de pagos, entre otras causales. Otra novedad es la obligación de los clubes con deportistas profesionales de remitir a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) reportes sobre sus accionistas y asociados, las transferencias y derechos deportivos de sus jugadores y las operaciones sospechosas. La norma también modificó el Código Penal, para fijar una pena de hasta cinco años de prisión a quien, en un espectáculo deportivo, estadio, cancha o tribuna, en su entorno o con ocasión del evento deportivo, emplee o lance contra cualquier persona, edificio o medio de locomoción alguna sustancia u objeto peligroso. La pena se incrementará a 10 años, cuando se realice con fines terroristas.
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