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Gobierno reintegrará recursos a todas las IES que hagan descuentos por beneficios electorales

05 de Marzo de 2020

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El Gobierno sancionó la ley que modifica el numeral 5º del artículo 2° de la Ley 403 de 1997, aclarado por la Ley 815 del 2003, relativa al descuento en el valor de la matrícula en universidades oficiales como beneficio a los ciudadanos por votar.

 

Esta norma permite que el Estado asuma el reintegro del valor descontado en las matrículas en las instituciones oficiales de educación superior (IES) y no solo en las universidades. Entonces, el Gobierno apoyará a las IES oficiales que realicen dicho descuento electoral, con transferencias que reconozcan el monto total del valor restado, de acuerdo con los recursos apropiados en cada vigencia.

 

La Ley 403 de 1997 creó múltiples estímulos a los sufragantes, entre ellos un descuento del 10 % en el valor de la matrícula para estudiantes que ejerzan el derecho al voto.

 

Según argumentaron en su momento los autores de la iniciativa, las instituciones de educación superior se ven afectadas debido a que el Ejecutivo solo reintegra los recursos descontados a las universidades públicas, excluyendo de dicho reintegro a las demás instituciones que tienen la obligación de realizar el descuento en virtud de la ley, como las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y las instituciones técnicas profesionales.

 

Vale la pena recordar la clasificación técnica de las instituciones que fue establecida en la Ley 30 de 1992:

 

  1. Instituciones técnicas profesionales.

     
  2. Instituciones universitarias o escuelas tecnológicas.

     
  3. Universidades.

 

Congreso de la República, Ley 2019, Feb. 28/20.

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