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Dirección Nacional de Derechos de Autor no podrá imponer medidas cautelares inmediatas: Corte Constitucional (10:52 a.m.)

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22 de Noviembre de 2013

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La Dirección Nacional de Derechos de Autor no podrá imponer medidas cautelares inmediatas, luego de que la Corte Constitucional declarara inexequible el literal d) del artículo 30 de la (Ley 1493 del 2011). Para la corporación, esta disposición desconocía el principio de legalidad, por su falta de precisión en torno a la atribución que se le concedía a este organismo. La Procuraduría consideraba que la entidad podía imponer este tipo de determinaciones en contra de sociedades de gestión colectiva de derechos de autor, sin que con ello excediera límites constitucionales.

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