Dirección Nacional de Derecho de Autor implementa marco normativo para convergencia a las NIIF (3:40 p.m.)
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16 de Octubre de 2014
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La Dirección Nacional de Derecho de Autor implementó el marco conceptual y las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos definidos en el anexo técnico normativo para los preparadores de información financiera del grupo 2 (Pymes) de las normas internacionales de información financiera (NIIF) (Decreto 3022 del 2013). Dicha normativa será aplicada por las sociedades de gestión colectiva, entidad recaudadora (artículo 27 de la Ley 44 de 1993) y la entidad que se constituya para actuar como ventanilla única para la obtención unificada de las licencias y el pago integrado de los derechos de autor y conexos. Advierte, además, que cuando una sociedad considere que la clasificación asignada no corresponde con la función económica que desarrolla, podrá solicitar a la DNDA la revisión para el correspondiente análisis. Por último, hace referencia al cronograma de aplicación del marco técnico normativo, el cual comprende tres periodos: preparación obligatoria, transición y aplicación, este último está comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del 2016.
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