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DIAN resalta decisión de la Corte al declarar exequible artículo 48 de la reforma tributaria del 2012 (3:50 p.m.)

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28 de Febrero de 2014

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La DIAN destacó hoy la decisión de la Corte Constitucional de declarar exequible el artículo 48 de la Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria), referente a los bienes gravados con la tarifa del 5 % en el impuesto sobre el valor agregado (IVA). El alto tribunal señaló que el mencionado apartado no es contrario al principio de progresividad tributaria contenido en el artículo 363 de la Constitución Política, pues el principio de progresividad es predicable en el sistema tributario como un todo y no a cada impuesto considerado de manera individual. Según explica la entidad, la Corte llegó a esta conclusión al constatar cinco puntos, entre ellos, que la norma no grava todos los bienes de primera necesidad y el sistema tributario deja exento o excluido del IVA un grupo amplio de bienes con los cuales puede conformarse una canasta suficiente para satisfacer las necesidades básicas.

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