Dian reglamenta nuevas garantías en materia aduanera
12 de Julio de 2021
Con el propósito de facilitar y dinamizar las operaciones de comercio exterior, la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió la Resolución 055, del 9 de julio del 2021, que reglamenta el Decreto 572 del 2021, a través del cual se amplían los tipos de garantías aduaneras.
Así explica las medidas la directora de Aduanas, Ingrid Díaz.
La resolución establece la fianza y certificado de depósito a término, además de las opciones contempladas en el Decreto 572, como compañía de seguros, de entidad bancaria, hipotecaria, fiducia mercantil en garantía y prenda sin tenencia. (Lea: Fijan medidas aduaneras transitorias para finalizar importación temporal para reexportación de aeronaves o sus partes)
Según la norma, en cualquier momento se podrá modificar el tipo de garantía a solicitud del usuario o cuando la autoridad tributaria determine que la garantía no cubre el monto de la obligación garantizada. Una vez modificada, a solicitud del usuario esta no podrá volverse a cambiar en un plazo inferior a seis meses.
El usuario aduanero podrá constituir fianza con una compañía afianzadora para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones con la Dian. Esta deberá ser irrevocable, no podrán existir cofiadores, se ceñirá a las normas que regulen esta materia y las especiales contempladas en la regulación aduanera.
Igualmente, la norma precisa los procedimientos, trámites, requisitos y términos establecidos para las garantías globales y específicas en materia aduanera para amparar las obligaciones y responsabilidades en las operaciones y trámites aduaneros y aplica para todos los usuarios aduaneros.
Es importante tener en cuenta que los nuevos tipos de garantía solo podrán constituirse y presentarse ante la Dian, únicamente a partir del día calendario siguiente a la publicación de la Resolución 055 en el Diario Oficial.
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