Decretos reglamentarios únicosModifican decreto único del sector Vivienda, en lo relacionado con tasa de interés para programa Mi casa ya (8:15 a.m.)
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04 de Agosto de 2015
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El Gobierno acaba de adicionar el Decreto 1077 del 2015, en lo que respecta a la reglamentación de las condiciones y términos en que debe ser otorgada la cobertura de tasa de interés prevista en el artículo 123 de la Ley 1450 del 2011, para facilitar la financiación de las viviendas de interés social nuevas urbanas de los potenciales deudores de crédito, pertenecientes a los hogares que resulten beneficiarios del subsidio familiar de vivienda a que se refiere el programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social denominado Mi casa ya. Según la norma, esta cobertura consistirá en una permuta financiera calculada sobre la tasa de interés pactada en créditos nuevos otorgados por los establecimientos de crédito a deudores que cumplan las condiciones fijadas y solo será aplicable durante los primeros siete años de vigencia contados a partir de la fecha de desembolso del crédito. Así mismo, indicó que corresponderá a cuatro puntos porcentuales liquidados sobre el saldo remanente del crédito otorgado por el establecimiento de crédito. En el marco del programa, por vivienda de interés social nueva urbana se entenderá aquella cuyo valor sea superior a 70 salarios mínimos mensuales e inferior o igual a 135, que se encuentre en proyecto, en etapa de preventa, en construcción y la que estando terminada no haya sido habitada.
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