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Declaran inexequibles apartes de proyecto del ley que honra vida y obra de Leandro Díaz (9:56 a.m.)

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07 de Noviembre de 2013

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La Corte Constitucional declaró fundadas las objeciones presidenciales frente al proyecto de ley que honra la vida y obra del artista vallenato Leandro Díaz (P. L. 039/09S-306/10C); la sala plena declaró parcialmente inexequibles los artículos 6º y 7º, que permitían expropiar los derechos patrimoniales a quien gozara de ellos, respecto a las obras del autor, y fijaba las condiciones en las que se adelantaría este proceso. En el caso de la primera de las normas, la corporación indicó que no se evidenciaba la utilidad que ameritara la restricción del derecho de propiedad y no se vislumbraba amenaza a la obra o limitaciones de acceso a ella por parte del público, tras su declaratoria como patrimonio cultural. La otra disposición, agrega el alto tribunal, violaba la prohibición de entregar auxilios o donaciones a particulares, consagrada en el artículo 355 de la Constitución, pues no se daban los presupuestos que justificaran las condiciones para fijar el pago de la indemnización a los poseedores de los derechos de explotación, por parte del Ministerio de Cultura.

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