Declaran inconstitucional la división territorial biodiversa creada en la Amazonía y parte de Nariño (12:03 p.m.)
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28 de Febrero de 2013
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La Corte Constitucional declaró inexequibles la creación de territorios especiales biodiversos y fronterizos en zonas no municipalizadas de la Amazonía y Nariño, establecida en el artículo 44 de la Ley 1551 del 2012, y las facultades presidenciales extraordinarias consagradas en el artículo 49 de la misma norma. La Sala Plena consideró que la disposición demandada no se adecuaba a lo ordenado por el artículo 286 de la Carta Política, que define las categorías de división territorial y política del Estado en departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas. Además, concluyó que el Congreso no podía facultar al jefe del Ejecutivo para expedir códigos, como, a juicio de la alta corporación, lo permitía el artículo 49, sobre su capacidad para “sistematizar, armonizar e integrar en un solo cuerpo las disposiciones legales vigentes para la organización y el funcionamiento de los municipios”. La corporación se apartó del concepto de la Procuraduría, que había solicitado declarar exequibles todos los apartes demandados de la Ley de Modernización Municipal (M. P. Mauricio González).
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