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Declaran exequible norma que regula utilización de recursos derivados de estampilla pro adulto mayor (3:22 p.m.)

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18 de Julio de 2014

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Como acorde a los principios de la Carta Política de 1991 declaró la Corte Constitucional la norma que regula la utilización de los recursos de la estampilla pro adulto mayor (artículos 1, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la Ley 1276 del 2009). Según el texto atacado, 70 % de lo recaudado se destinará a la financiación de los centros de vida y el 30 % restante será empleado en la dotación y funcionamiento de los centros de bienestar del anciano. Para la Corte, no se violan los principios de progresividad o no regresividad, por cuanto se hace un reparto equitativo de los recursos, de acuerdo a la proporción de ciudadanos de la tercera edad de los niveles 1 y 2 del Sisbén que habiten en la ciudad o municipio respectivo. La Procuraduría también había solicitado la declaratoria de constitucionalidad.

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