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Declaran cosa juzgada sobre norma que regula funciones de curadores 'ad litem' (2:01 p.m.)

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27 de Junio de 2014

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La Corte Constitucional sostuvo que la norma que regula las condiciones para el ejercicio de funciones de los curadores ad litem hizo tránsito a cosa juzgada en la Sentencia C-083 del 2014, que la juzgó exequible (artículo 48.7 parcial de la Ley 1564 del 2012). La norma establece que la labor no tiene remuneración y que aquel profesional del derecho en ejercicio a quien corresponda desarrollarla no puede eludir ese deber, so pena de someterse a sanciones disciplinarias; la disposición excusa únicamente de esta obligación a quien pruebe que tiene parte en más de cinco actuaciones como defensor de oficio. La Procuraduría también consideraba que lo propio era ordenar estarse a lo resuelto en la mencionada providencia.

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