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Declaran constitucionales atribuciones de Minambiente en liquidación de tarifas de retribución (8:00 a.m.)

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21 de Julio de 2015

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La corporación determinó que el legislador, al establecer el sistema de cálculo, puede delegar excepcionalmente en la administración la fijación de las tarifas y no por ello tiene que hacer una descripción detallada de las atribuciones. De ahí que se haya declarado exequible la norma que permite al Ministerio del Medio Ambiente ocuparse de definir las bases para el cálculo de tasas retributivas establecidas por la legislación que creó el Sistema Nacional Ambiental (incisos 3º y 4º parciales del artículo 42 de la Ley 99 de 1993). A su juicio, el demandante confunde la base gravable, que ya fue definida por el legislador, con la base sobre la cual se hará el cálculo de la depreciación, que es la facultad que aquí se le confiere a la cartera del ramo. El magistrado Luis Guillermo Guerrero se reservó la eventual presentación de una aclaración de voto (M. P. Jorge Iván Palacio).

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