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Declaran constitucional norma que define a quiénes se debe reconocer como habitantes de la calle (2:38 p.m.)

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27 de Junio de 2014

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La Corte Constitucional declaró como ajustada a la Carta Política de 1991 la norma que establece qué tipo de personas deben ser reconocidas como habitantes de la calle. La demanda buscaba que se retirara del ordenamiento el aparte según el cual el rompimiento de la estructura familiar de la persona debía ser uno de los criterios que acompañara el marco definitorio de esta población. La Procuraduría consideraba que se debía acceder a la declaratoria de inxequibilidad, pues consideraba que la redacción del texto obligaba a quienes eran objeto de la protección ofrecida a no tener vínculos familiares.

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