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Corte Suprema señala cómo dosificar tráfico de estupefacientes en circunstancias de agravación (3:25 p.m.)

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08 de Enero de 2014

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La Corte Suprema de Justicia señaló que la materialización de circunstancias de agravación del tráfico, fabricación o porte de estupefacientes exigen únicamente la duplicación del cuarto mínimo de la pena a imponer por la comisión de ese tipo penal, y no la del máximo. Esta conclusión se deriva de la lectura del artículo 384 del Código Penal, que exige una mayor pena, cuando la cantidad de alucinógenos sea superior a 1.000 kilos, para el caso de marihuana; mayor de 100, si es marihuana hachís; y más de cinco kilos, en el caso de la cocaína. Así, erra el juez que, al momento de la individualización, duplica tanto el mínimo como el máximo de la pena prevista para esta actuación, contemplada en el artículo 376 del mismo Código, concluye el fallo (M. P. Eyder Patiño Cabrera).

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