Corte Suprema recuerda características de la relación laboral (9:32 a.m.)
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20 de Junio de 2014
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La Corte Suprema de Justicia sostuvo que la prestación personal del servicio, la continua subordinación y dependencia y la remuneración del servicio son elementos esenciales para demostrar la vinculación laboral, en los términos del artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo. El hecho de que la convención colectiva de una empresa, dice, garantice que los trabajadores tengan acceso a transporte no significa que la contratación del servicio suponga la vinculación laboral de la persona a quien es encomendada esta tarea. Frente al caso concreto, sostuvo que la contratación comercial independiente no puede ser confundida con una relación contractual entre empleado y empleador (M. P. Rigoberto Echeverri).
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