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Corte Suprema aclara papel de la Unidad de Víctimas en incidentes de identificación de procesos de reparación (11:25 a.m.)

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22 de Mayo de 2014

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La Corte Suprema de Justicia aclaró que la Unidad Nacional de Reparación a las Víctimas sí puede tener un papel de complementariedad en el incidente de identificación del daño y las víctimas a reparar por los grupos armados ilegales; esto al precisar que el respectivo operador judicial también puede determinar cuál fue el grado de afectación y todos los elementos que lo componen. Indicó que, en aplicación del artículo 23 de la Ley 1592 del 2012, nada impide que en la sentencia judicial se identifiquen también las afectaciones y que la señalada autoridad administrativa complemente las pautas que allí se establezcan. Recordó, así mismo, que en la Sentencia C-180 del 2014, la Corte Constitucional ordenó a los magistrados de Justicia y Paz apersonarse del incidente (M. P. María del Rosario González Muñoz).

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