Corte respalda Decreto Ley de Tierras, con algunos ajustes normativos (4:47 p.m.)
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12 de Julio de 2018
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La Sala Plena de la Corte Constitucional respaldó el Decreto Ley 902 del 2017, que implementó aspectos de la reforma rural integral (RRI) contemplada en el Acuerdo de Paz con las Farc. La decisión es de las más importantes para el posconflicto, pues es el instrumento jurídico con el que se proyecta que los ciudadanos tengan seguridad sobre la tenencia de la tierra en tiempos más cortos. Según trascendió en el alto tribunal, solo fue declarado inexequible el artículo 78 del Decreto Ley 902, el cual establecía que para conocer en la etapa judicial del proceso de formalización serían competentes las autoridades judiciales que se determinen o creen para cumplir con los objetivos de la política de ordenamiento social de la propiedad rural. Lo anterior quiere decir, y teniendo en cuenta el principio de legalidad, que para estos casos solo es competente el juez administrativo. Por otro lado, fueron condicionamos los artículos 9°, 55, 60 y 64. Se debe terminar diciendo que el artículo 7° (contraprestación por el acceso y/o formalización a la tierra) fue declarado exequible, a excepción de la expresión “administrativos”, del parágrafo 1°. El parágrafo quedará así: para efectos de la formalización de predios privados la contraprestación a cargo del sujeto de formalización corresponderá al valor de los gastos notariales, procesales o cualquier otro en que se incurra para la efectiva formalización. En los próximos días, a través de su habitual comunicado de prensa, la Corte explicará lo que tuvo en cuenta para adoptar esta trascendental decisión, así como los detalles y las implicaciones de la misma.
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