Corte Constitucional unifica jurisprudencia en favor de la continuidad laboral de mujeres embarazadas (9:10 a.m.)
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14 de Febrero de 2013
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La Corte Constitucional unificó jurisprudencia en torno a los beneficios laborales especiales para las mujeres embarazadas y determinó que, independientemente del tipo de contrato que las vincule a la actividad que desarrollan, no pueden ser despedidas ni apartadas de sus cargos. Así mismo, la Sala Plena indicó que, por regla general, y sin importar si se trata de un contrato de prestación de servicios, deben recibir licencia de maternidad, con todos los pagos que sean del caso. La alta corporación ya había llegado a esta conclusión en diferentes acciones de tutela de manera aislada, pero al observar la frecuencia de solicitudes de amparo relacionadas con vulneraciones de estas garantías, decidió expedir la sentencia de unificación.
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