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Corte Constitucional pide política diferenciada para presos con discapacidades (2:15 p.m.)

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24 de Diciembre de 2013

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En sentencia que acaba de ser notificada, la Corte Constitucional exhortó al Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria a que elabore una política diferenciada dirigida a los reclusos que padezcan discapacidades. En igual sentido, requirió a la Defensoría del Pueblo para que ofrezca la debida capacitación a los defensores de oficio, a fin de defender las garantías procesales de estos internos. Ello en cumplimiento del Manual de prisioneros con necesidades especiales de las Naciones Unidas, que determina obligaciones de las autoridades carcelarias para ofrecer un tratamiento especial para este tipo de personas. La corte señaló que es deber del Inpec ocuparse de que las personas que padezcan de discapacidad mental sean evaluadas médicamente, a fin de establecer si es viable dar aplicación al artículo 107 del Código Penitenciario, que autoriza el traslado de presos a hospitales siquiátricos, cuando padezcan de enajenación mental, previo examen pericial y aviso al juez de ejecución de penas (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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