Corte Constitucional niega nulidad de tutela que ratificó destitución de Piedad Córdoba (2:52 p.m.)
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30 de Julio de 2014
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La Corte Constitucional negó la nulidad de la tutela que avaló la decisión de la Procuraduría General de la Nación de destituir e inhabilitar a la exsenadora Piedad Córdoba para el ejercicio de funciones públicas, por 18 años. Por una votación de 7 a 2, la Sala Plena desestimó que existieran elementos para reversar la decisión tomada. Los magistrados María Victoria Calle y Luis Ernesto Vargas se opusieron a la postura vencedora. La Corte había considerado que la determinación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de condenar a Venezuela por destituir a un funcionario de elección popular, como el entonces diputado Leopoldo López, pese a que no existía una decisión judicial en la que se fundara esa decisión, no era aplicable al caso. En ese entendido, para el alto tribunal, el hecho de que el jefe del Ministerio Público destituyera a la hoy exsenadora sin que mediara fallo judicial no constituía una violación al artículo 23 de la Convención Americana, que consagra el derecho a la participación política.
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