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Corte Constitucional explica por qué se inhibió ante norma que inhabilita a contratistas por incumplimientos reiterados (8:00 a.m.)

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03 de Marzo de 2014

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La Corte Constitucional dio a conocer la sentencia que declaró exequibles algunas expresiones de los artículos 286, 288.3, 351, 356.5 y 367 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), que regulan la formulación de la imputación, aceptación de cargos y rebaja de pena. En su opinión, el carácter informativo de la audiencia de formulación de acusación no desconoce el debido proceso, ya que en ese momento procesal se delimita el alcance de la controversia jurídica (hechos relevantes y la calificación jurídica provisional de las conductas) y, de esa forma, el presunto infractor tiene clara la materia sobre la cual recaerá la actividad del ente acusador. En este sentido, la Sala Plena concluyó que realizar esta audiencia informativa materializa el derecho a la defensa, pues ante acusaciones indeterminadas no le sería posible defenderse. Por otro lado, el alto tribunal señaló que la rebaja de penas (hasta la mitad de la pena imponible) derivada del allanamiento a cargos no compromete el sistema de colaboración con la justicia (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).

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